Institución sugiere que en febrero también se acepte el EDUS y el Carnet físico de vacunación.
Por Revista Summa
La Defensoría de los Habitantes celebró la posposición de la entrada en vigencia del Código QR, para el acceso a actividades reguladas por patentes de funcionamiento, ya que no había las condiciones nacionales para que tal medida pudiese operar sin lesionar los derechos e intereses de los habitantes. Por otra parte, el ente Defensor sugirió al Consejo de Gobierno valorar, como medida paralela y de uso alternativo a la implementación del “Código QR”, la utilización del
Expediente EDUS así como el carné físico de vacunación emitido por la CCSS a cada persona vacunada.
La posición de la Defensoría se sustenta en una serie de dudas que se han suscitado por parte de las y los habitantes con respecto a la aplicación del “Código QR” para el acceso a actividades a partir del día 01 de diciembre del 2021; específicamente lo que tiene que ver con la accesibilidad a dicho código digital por parte de las personas, sobre todo en las zonas ubicadas fuera del valle central y de aquellas que tienen problemas de rezago digital; así como a la legalidad respecto del manejo de los datos sensibles que puedan contenerse dentro de dicho código así como en sus sistemas de verificación.
En un oficio dirigido a la Secretaría del Consejo de Gobierno, la Defensora, Catalina Crespo solicitó a dicho ente presidido por el señor Presidente de la República, D. Carlos Alvarado Quesada, que se valore la posibilidad de emitir un “Acuerdo” para que las autoridades correspondientes implementen el uso del EDUS como un mecanismo válido de comprobación del estado de vacunación. Asimismo, que se apruebe la utilización del carné de vacunación físico para aquellas personas que no cuenten con telefonía celular o bien tengan problemas para utilizar un Código QR Digital.
En relación al uso del Código QR, la Defensoría se pronunció recientemente sobre el derecho fundamental a la autodeterminación informativa; así como el principio de transparencia sobre el tipo de contrataciones, así como en lo relativo procesamiento y disposición de los datos; “ya que es deber ineludible de las autoridades y las administraciones públicas: garantizar, proteger y asegurar la adecuada utilización, en resguardo de la intimidad y privacidad de las y los habitantes, de toda información que se recopile al tenor del Sistema con que operará el código QR” dijo la Defensora.