Las tiendas de barrio o abarroterías podrán abrir el viernes, sábado y domingo en un horario de 8 a 11 de la mañana.
Por Revista Summa
Guatemala ha pasado de la fase de contención a la fase de mitigación para lo cual serán aplicables las siguientes disposiciones:
Restricción de movilización desde hoy hasta el lunes 18 de mayo a las 5:00 horas.
o Incluye al transporte pesado de combustible y sus derivados.
o Se exceptúa el transporte que tenga como único destino los puertos ubicados en la costa del pacifico o atlántico, quienes podrán operar de acuerdo a los protocolos y horarios establecidos.
o Se exceptúan alimentos, agua, medicina y gas propano; tampoco servicios de emergencia; servicios básicos; movilización de personas con tratamientos especializados.
- Las tiendas de barrio o abarroterías podrán abrir el viernes, sábado y domingo en un horario de 8 a 11 de la mañana. Esto solo podrá hacerse llegando a pie y no se permitirá la movilización de vehículos de 2 a 4 ruedas.
- A partir del 18 de mayo hasta el 21 de mayo, la restricción de movilización será de las 17:00 horas del día a las 5:00 horas del día siguiente, sin olvidar que cualquier persona al salir de su hogar debe usar mascarilla y mantener el distanciamiento social.
- A partir del 18 de mayo, los mercados cantonales y municipales podrán abrir los lunes, miércoles y jueves, en un horario de 6:00 horas a 13:00 horas.
- Y en esos mismos días podrán abrir los supermercados y tiendas de conveniencia en horario de 9:00 horas a 16:00 horas.
- Los supermercados que tengan el servicio a domicilio tienen la oportunidad de vender a cualquier hora y mediante vehículos identificados.
- Del jueves 21 de mayo a las 17:00 horas hasta el lunes 25 de mayo a las 5:00 horas, la restricción de movilización será total.
- Con relación al servicio a domicilio de farmacias y comidas, se mantendrán las 24 horas sin restricción.
- El Hospital Roosevelt no aceptará más pacientes para su hospitalización, por lo que serán trasladados quienes acudan a la emergencia y serán trasladados a otros hospitales dentro de la capital o el departamento de Guatemala.
- Se podrán habilitar instalaciones para que las personas que presentan casos de COVID-19 leves, puedan cumplir con la cuarentena y reciban el tratamiento médico necesario y garantice su pronto restablecimiento.
- Medios de comunicación, periodistas y repartidores de prensa podrán laborar sin restricción, siempre y cuando se identifiquen por medio de su carnet de prensa y vehículos.
- Los bancos deberán estar cerrados los días viernes, sábado y domingo.