Entrará en vigencia mañana 1 de octubre de 2024.
Por Revista Summa
Costa Rica está a punto de experimentar una transformación fundamental en la manera en que se gestionan los procesos de Derecho de Familia, con la implementación del nuevo Código Procesal de Familia a partir del 1 de octubre próximo. Este cambio normativo busca modernizar la tramitación judicial, pasando de un sistema basado en el proceso escrito a uno de carácter oral, con el fin de ofrecer una justicia más rápida, eficiente y cercana a las personas.
“Y es que el Derecho de Familia, hasta ahora, carecía de un marco procesal propio. Las demandas en esta área se venían tramitando bajo los procedimientos del Código Procesal Civil, una norma que data de 1989 y que, aunque derogada para los casos civiles, seguía siendo utilizada para los procesos familiares” señaló Msc. Ricardo Núñez Montes de Oca, docente de la Escuela de Derecho de Universidad Fidélitas
Según Núñez, esto generaba fragmentación, con alrededor de 35 procesos diferentes distribuidos en una multiplicidad de leyes y códigos. En consecuencia, el nuevo Código Procesal de Familia consolidará todas estas pretensiones en tres procesos principales y cuatro procesos especiales, facilitando su gestión en los tribunales, agregó el profesional en Derecho.
Un modelo procesal que pone a las personas en el centro
Una de las principales innovaciones del nuevo Código es su enfoque humanista. «Tiene como eje central a la persona y esto permitirá a los usuarios dirigirse directamente al juez o jueza, favoreciendo una comunicación personal durante las audiencias orales”, explicó el docente. Esta dinámica facilitará un espacio en el que los menores de edad también podrán participar de manera activa, siendo escuchados y valorados en igualdad de condiciones con las demás partes procesales (art.41).
Simplificación y rapidez en los procesos
El principal beneficio que se espera con la implementación del Código Procesal de Familia es la agilidad en los procedimientos. Los casos serán resueltos de forma oral, permitiendo la emisión de sentencias al final de las audiencias o pocos días después.
Además, las nuevas tecnologías jugarán un papel clave en este nuevo sistema, pues además de la grabación de los juicios en audio, también se da la posibilidad de realizar audiencias por videoconferencia para testigos que se encuentren lejos del recinto judicial o en otros países.
Protección integral a la infancia y contra la violencia de género
Según Ricardo Núñez, la nueva normativa también reforzará la protección de niños, niñas y adolescentes mediante la coordinación con instituciones como el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), entre otros. Se implementarán directrices y protocolos para garantizar su seguridad y bienestar en todo momento.
Sobre la conciliación
La conciliación no es obligatoria, sino facultativa cuando resulte aplicable, ya que en ciertos casos está prohibida, como cuando se identifican relaciones desiguales de poder entre las partes. La conciliación se intentará en una audiencia preliminar antes de iniciar el proceso formal; si tiene éxito, resolverá el conflicto entre las partes, pero si no, el proceso continuará hasta su conclusión (art. 9). Posteriormente, durante la audiencia principal, se programará una nueva sesión de conciliación, momento en el cual las partes ya estarán al tanto de los argumentos y pruebas de ambas partes.
Revolución en la justicia familiar
“Con la entrada en vigor del Código Procesal de Familia, se espera una revolución en el acceso a la justicia familiar en Costa Rica. Este código, al poner a las personas en el centro del proceso judicial y al simplificar los trámites, promete mejorar significativamente la experiencia de quienes buscan soluciones legales en este ámbito, especialmente en los casos que involucran a menores de edad y situaciones de violencia de género”, enfatizó Núñez Montes de Oca.