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Advierten que el uso de fondos de pensiones en El Salvador es «inconstitucional»

Dic 23, 2022 | Noticias de Hoy

Revista SUMMA
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La entidad recordó que, en 2014, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema «declaró que la obligación de compra de CIP con el fondo de pensiones (…) no violaba la Constitución».

Por EFE

El Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional (IIDC), sección El Salvador, advirtió este jueves que el uso «sin límites» de los ahorros de los trabajadores aprobado el martes por el Congreso es «inconstitucional».

El Órgano Legislativo, de amplia mayoría oficialista, emitió una nueva ley de pensiones, formó el Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) y suprimió un fideicomiso con el que el Gobierno financiaba el pago de los jubilados en el sistema público abandonado en 1998.

Los diputados establecieron que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) están obligadas a comprar con los ahorros para pensiones de los trabajadores los certificados de obligaciones previsionales (COP) que emitirá el ISP.

La legislación indica que esta compra no tendrá límites.

«Denunciamos que la obligación de compra, sin límites, de los certificados de obligaciones previsionales (COP) que emitirá el Instituto Salvadoreño de Pensiones (ISP) (…) es inconstitucional», señaló el IIDC en un comunicado.

Señaló que este «mecanismo para el financiamiento de pensiones responsabilidad del Estado» sustituye «únicamente a los certificados de inversión previsional (CIP)» que se emitían previamente con el citado fideicomiso.

La entidad recordó que, en 2014, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema «declaró que la obligación de compra de CIP con el fondo de pensiones (…) no violaba la Constitución», dado que «la afectación no era intensa, pues existía un límite máximo de inversión» del 45 % del total del fondo ahorrado por los trabajadores.

Sin embargo, también señaló que los magistrados declararon inconstitucional una iniciativa gubernamental de intentar incrementar este porcentaje al 50 % de los ahorros de jubilación en 2017.

«Si la inversión obligatoria en CIP en un 50 % del fondo de pensiones se consideró inconstitucional, con mayor razón, la obligación de compra de los COP, sin límites, es claramente inconstitucional», subrayó el IIDC.

Lamentó que «el sistema previsional salvadoreño muestra serias falencias en aspectos relativos a cobertura, sostenibilidad financiera, suficiencia de las prestaciones y equidad, por lo que era conveniente que todos los agentes sociales participaran en la búsqueda de mejoras».

«Con un Gobierno que cuenta con un importante capital político y control de los órganos Legislativo, Ejecutivo y Judicial, se perdió la oportunidad histórica de construir, a través de un diálogo social honesto y participativo, una política de seguridad social respetuosa de la dignidad humana», concluyó.

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