La nueva normativa contó con 52 votos a favor.
Por El Salvador
En la madrugada de este martes la Asamblea aprobó una nueva Ley de Protección al Empleo Salvadoreño a raíz de que decenas de empresas han tenido que cerrar sus operaciones y han suspendido contratos laborales o prescindir de personal debido a la pandemia.
La ley desarrolla “medidas excepcionales y temporales para salvaguardar la estabilidad laboral de los trabajadores del sector privado”. El proyecto fue una propuesta del Ejecutivo enviado al Congreso dentro del plan de reactivación económica para enfrentar los estragos de la cuarentena vigente desde el 21 de marzo.
El decreto establece que Bandesal y los patronos participarán en la tramitación y “materialización” de los beneficios y medidas en favor de los trabajadores. Entre los beneficios se establecen “salvaguardas laborales” que consiste en que las empresas debidamente autorizadas durante el estado de emergencia deberán cumplir con sus obligaciones laborales.
Además, señala que de mutuo acuerdo entre el patrono y el empleado podrán establecer el goce de vacaciones individuales de forma anticipada en un sólo período o fraccionadas mientras dure el estado de emergencia.
Los patronos estarán obligados a pagar las vacaciones en el tiempo y forma establecidos por el Código de Trabajo.
Se crea el programa de subsidio para los empleados de las micro, pequeñas y medianas empresas registradas como patronos en el ISSS que sean afectadas por la crisis del COVID-19. El plan será administrado por Bandesal.
Las empresas que podrán aplicar son las siguientes:
– Estar registradas en el ISSS, con menos de 100 empleados reportados en la última planilla presentada en diciembre.
– Que hayan tenido ingresos por ventas brutas en 2019 declarados al 31 de marzo de 2020 o en su defecto en 2018 por una cantidad igual o menor a US$7 millones.
– En el caso de las micro, pequeña y mediana empresa registradas como patronos en el ISSS que iniciaron operaciones en 2019 y que aún no hubieran presentado la declaración de la Renta, se tomará como base los ingresos reflejados en sus estados financieros auditados al 31 de diciembre de 2019.
El programa de subsidio para los empleados sera equivalente al 50% de la nómina mensual de los patronos que contempla el decreto en mención, durante un período máximo de dos meses y hasta por una asignación mensual por empresa de US$22.500, para un total por empresa de US$45.000.
El beneficio será hasta un máximo de US$500 por cada empleado. Las asignaciones no estarán sujetas a retención de impuestos de ninguna clase ni descuentos por la seguridad social.
Se contempla un programa de financiamiento productivo para empresarios del sector informal, pero podrán acceder a el quienes tengan un crédito vigente en el sistema financiero nacional o cooperativo que tengan categoría de riesgo crediticio A o B al 29 de febrero de 2020.
El decreto debe ser sancionado antes por el presidente Nayib Bukele y también está a expensas de la colocación de US$1.000 millones que también fueron aprobados por la Asamblea esta madrugada de nueva deuda para el apalancamiento económico a raíz de la pandemia.