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¿Tiene un dron? Estas son las reglas y limitaciones de volarlo cerca de un aeropuerto en Costa Rica

Jun 15, 2023 | Noticias de Hoy

Revista SUMMA
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Interés en estos dispositivos se evidencia en que desde la implementación del Sistema de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS) en 2017, se reportan 532 personas que obtuvieron su licencia para pilotearlos.

Por Revista Summa

Con el aumento de la popularidad del uso de drones en Costa Rica, AERIS, gestor interesado del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría (AIJS), y la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) se unieron en una campaña informativa para los propietarios en búsqueda de evitar cualquier incidente en la principal terminal aérea de Costa Rica.

“Parte de ser un gestor responsable radica en realizar una labor preventiva, informativa y de sensibilización; si bien nos enorgullece garantizar que, en gran medida por la buena labor de atención de nuestra Gente AERIS, no se ha reportado algún incidente con un dron que haya tenido implicaciones contra la seguridad operacional, somos conocedores de la popularidad que estos dispositivos han tomado y de que el vuelo de uno cerca de la terminal aérea puede provocar atrasos o cancelaciones de vuelos, incluso, hasta accidentes si no se atienden con precisión”, afirmó Ricardo Hernández, director general de AERIS.

Y es que desde que se inició con la normativa del Sistema de Aeronaves Pilotadas a Distancia (RPAS) en el 2017, hasta la fecha se reportan 532 personas con licencia para pilotearlas.

Entre las restricciones que estos tienen para volar un dron en las cercanías de un aeropuerto, se destaca que es prohibido operar uno dentro de un radio de 8 km alrededor de un aeródromo, así como tampoco se puede volar por encima de los 400 pies (120 metros) sobre el nivel del terreno en el espacio aéreo no controlado; esto para evitar que pueda constituir un obstáculo a otra aeronave que se aproxima o sale de un área de aterrizaje o pista.

Para volar drones en cercanías a un aeropuerto, las excepciones solo pueden otorgarse a empresas certificadas por la DGAC, y se debe hacer una coordinación previa en la que esta Dirección analice cada caso en particular antes de emitir el permiso correspondiente.

“La DGAC ha publicado desde el 2015 la Circular Aeronáutica AIC (CC 06 15) sobre Restricciones y Limitaciones de Operación de Vehículos Aéreos no Tripulados y Sistemas de Aeronaves Piloteadas a Distancia, en la cual ofrece información precisa y actualizada sobre los requisitos, zonas restringidas y procedimientos operativos que deben seguirse con el objetivo de garantizar la seguridad de las operaciones y reducir el riesgo de cualquier interferencia con aeronaves tripuladas. Al facilitar el acceso a la Circular Aeronáutica, se busca fomentar la conciencia y la responsabilidad entre todos los actores involucrados”, compartió Fernando Naranjo, director general de Aviación Civil.

Otras prohibiciones de operación a considerar por todo tenedor de un dron son:

  • En una zona prohibida, restringida (publicadas en la AIP de Costa Rica)
  • En el espacio aéreo controlado
  • Lo suficientemente cerca de otra aeronave, de modo que pueda constituirse en un peligro de colisión
  • Zonas aglomeradas de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados, reuniones de personas al aire libre, en espacio aéreo no controlado

Además, pueden realizarse actividades aéreas con aeronaves no tripuladas solo de día y en condiciones meteorológicas visuales; la realización de vuelos nocturnos está sujeta a la aprobación y condiciones de la DGAC.

Si se incumplen estas reglas o se vuela un dron de forma ilegal, por ejemplo, lo opera alguien sin licencia, se exponen a una sanción de 1 a 20 salarios mínimos según la gravedad de los hechos.

Procedimiento habitual. Para evitar cualquier incidente en la terminal, AERIS lleva a cabo recorridos e inspecciones regulares en los límites del aeropuerto y zonas cercanas para identificar cualquier actividad sospechosa o presencia de drones no autorizados.

Su labor es identificar cualquier actividad no autorizada, incluyendo la presencia de drones.

“Como parte de los esfuerzos continuos de AERIS para salvaguardar la seguridad de las operaciones aéreas en la terminal, contamos con un sistema de reportes de seguridad operacional que está activo y receptivo a cualquier notificación de peligros o incidentes relacionados con drones. Tanto los colaboradores como externos pueden utilizar este sistema para informar acerca de la presencia de drones no autorizados o cualquier otra situación que represente un riesgo para las aeronaves”, explicó Juan Belliard, director de Operaciones de AERIS.

En un caso en el que se identifique un dron volando cerca del AIJS, se procede de inmediato a notificarlo a la torre de control del AIJS. La torre de control, a su vez, notificaría acerca de la situación a las aeronaves que se encuentran en el área de influencia del aeropuerto.

Simultáneamente, AERIS coordinaría internamente con el Servicio de Vigilancia Aérea y el equipo de seguridad complementaria para que identifiquen la ubicación del operador del dron, con el fin de tomar las medidas necesarias para garantizar la seguridad aérea.

Si se determina que la presencia del dron representa un peligro inminente, pueden tomarse medidas adicionales como el decomiso de este.

Posterior, se notifica a la DGAC de lo sucedido y se documenta mediante una Hoja de Acción, que se comparte a las autoridades pertinentes.

El caso más reciente y único en lo que va del año, es de abril, cuando un piloto reportó un dron volando cerca de una aeronave. Se coordinó con el Servicio de Vigilancia Aérea un recorrido por el sector en cuestión, pero no se identificó ni al operador ni al equipo indicado.

Para la efectividad de estos procedimientos también puede participar cualquier individuo. Si identifica a alguien volando un dron cerca de un aeropuerto, puede reportarlo ante la Fuerza Pública de la localidad y el Servicio de Vigilancia Aérea.

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