La visa para jubilados y pensionados extranjeros permite la opción de incluir a los familiares del solicitante principal.
Por Ericka Muñoz, Abogada de BDS Asesores Panamá
Panamá se ha posicionado como un país con grandes atributos que le coloca en las listas de preferencia de extranjeros jubilados y pensionados, que buscan un lugar con estabilidad jurídica y económica para establecer su retiro, así como para disminuir los costos de vida y recibir otros beneficios. Nuestro país ofrece todo esto y más, ya que es una ciudad cosmopolita, con múltiples culturas que convergen en él día a día y que lo convierten en un destino residencial atractivo para extranjeros.
Panamá ofrece, además, alternativas migratorias flexibles y seguras para que los extranjeros que reciben un ingreso fijo por su retiro puedan optar por residir de forma legal en nuestro país.
Sobre este particular, existe en Panamá, desde 1987, la visa de jubilados y pensionados extranjeros. Esta categoría migratoria permite que toda persona extranjera que se encuentre jubilada o que goce de una pensión de por vida por parte de un gobierno extranjero, organismo internacional o empresa privada puede aplicar a una visa de jubilados y pensionados. Algunas particularidades de esta ley son que no se establece una edad mínima ni máxima para aplicar a la visa, por lo que cualquier extranjero que tenga una jubilación o pensión de una fuente fuera de Panamá y cumpla los requisitos podrá aplicar a ella; por otro lado, esta visa no permite la obtención de un permiso de trabajo.
El requisito más importante para aplicar a la visa de jubilados y pensionados es contar con un ingreso mensual vitalicio y mínimo de $1.000. Este ingreso puede provenir de la Seguridad Social u otros fondos de jubilación de gobiernos extranjeros (militares, jubilación estatal, pensión policial, etc.), o bien, como jubilación de una corporación privada.
Los jubilados y pensionados extranjeros cuyo ingreso no supere los $1.000, pero que esté por encima de $750, tendrán la alternativa de invertir en un bien inmueble de al menos $100.000, permitiéndoles así aplicar a la visa con un ingreso menor.
La visa para jubilados y pensionados extranjeros permite la opción de incluir a los familiares del solicitante principal en calidad de dependientes, ya sea su cónyuge, hijos menores de edad, mayores de edad hasta los 25 años o hijos que sufran una discapacidad comprobada.
Algo importante es que, por cada dependiente, el ingreso mínimo del solicitante principal deberá aumentar en $250. Igualmente, puede aplicar un matrimonio de jubilados o pensionados extranjeros, cuyo ingreso mínimo en conjunto, debidamente acreditado sea de $1.000.
Panamá igualmente ofrece una amplia gama de descuentos y beneficios a los jubilados, pensionados y personas de la tercera edad, sean nacionales a extranjeros, indistintamente de la categoría migratoria. A continuación, se presentan los principales beneficios:
1. Descuento de 50% de los precios que se cobren por la entrada a actividades de recreación y entretenimiento, tales como cines y teatros.
2. Descuento de 50% de lunes a jueves y 30% los viernes, sábados y domingos en los precios regulares de hoteles, moteles y pensiones.
3. Descuento de 25% del valor del consumo individual de comida en cualquier restaurante, salvo aquellos que no requieran de licencia comercial para operar.
4. Descuento de 15% en los establecimientos de expendio de comidas rápidas con franquicias nacionales e internacionales.
5. Descuento de 15% de la cuenta total por servicios de hospitales y clínicas privadas.
6. Descuento en las farmacias de 10% del valor de los medicamentos que se adquieran bajo prescripción médica.
7. Descuento de 20% en los honorarios por consultas de medicina general y en especialidades médicas y quirúrgicas.
8. Descuento de 15 % por servicios odontológicos
9. Descuento de 15% por servicios de optometría
10. Descuento de 25% en facturas de servicios públicos.
Por todo lo anterior, Panamá es, sin duda, un destino idóneo para retirarse, que ofrece entornos variados, acceso a múltiples servicios, el dólar como moneda legal y muchos otros beneficios. Haga de éste su país de residencia aplicando a una de las visas de jubilado o pensionado extranjero.