Esta ley permitirá crear una disminución del 25 % de la inversión para que a una persona extranjera se le otorgue la categoría de residente como inversionista.
Por EFE
Costa Rica busca atraer inversionistas, rentistas y pensionados como una forma de potenciar la reactivación económica y turística del país tras la crisis sanitaria de covid-19, informó este lunes una fuente oficial.
El presidente costarricense, Carlos Alvarado, durante un acto virtual firmó una ley para la atracción de inversionistas, rentistas y pensionados que brinda beneficios como incentivos a los impuestos de importación y exoneración de un 20 % del impuesto de traspaso, entre otros.
«Lo que logra esta ley es generar las condiciones para que estas personas rentistas puedan venir al país, que traigan sus inversiones y podamos generar empleo. Es un paso más en la dirección de la recuperación, que todos debemos seguir empujando en el país», afirmó Alvarado.
Con la legislación, quien desee optar por una residencia temporal como inversionista deberá demostrar ante la Dirección de Migración y Extranjería una inversión mínima de 150.000 dólares en bienes inmuebles, bienes inscribibles, acciones, valores y proyectos productivos o proyectos de interés nacional. Anteriormente, era de 200.000 dólares.
«Esta ley permitirá crear una disminución del 25 % de la inversión para que a una persona extranjera se le otorgue la categoría de residente como inversionista, incluyendo a sus dependientes. De este modo, se pretende producir una necesaria dinamización de la economía y una recuperación de los niveles de inversión extranjera de hace una década, cercanos al 7,8 % del PIB y que hoy representan sólo el 3,5 %», explicó el ministro de Turismo, Gustavo Segura.
Entre los beneficios destacan una franquicia arancelaria y de todos los impuestos de importación presentes por una sola vez, para la importación del menaje de la casa, mientras que las sumas declaradas como ingreso para hacerse acreedor estarán exentas del impuesto de la renta.
Las personas beneficiarias también podrán importar hasta dos vehículos de transporte terrestre, aéreos o marítimo, para uso personal o familiar, libre de todos los impuestos de importación, arancelarios y de valor agregado.
Otro de los incentivos es la exoneración de un 20 % del total del impuesto de traspaso en aquellos bienes inmuebles adquiridos en el plazo, y la exoneración de impuestos de importación para instrumentos o materiales para el ejercicio profesional o científico.